Condenado por “competencia desleal” en España, Meta tendrá que pagar 479 millones de euros a los medios
Nuevo golpe a la cartera de la matriz de Facebook, Whatsapp e Instagram. La justicia española condenó a Meta a pagar 479 millones de euros a un grupo de medios local por “competencia desleal” por no haber cumplido la normativa en materia de protección de datos personales, anunció este jueves un juzgado de Madrid.
“El Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid condena Meta pagar 479 millones de euros a 87 editores de prensa digital y agencias de noticias españolas miembros de AMI (News Media Association) por haber obtenido una importante ventaja competitiva publicitando en sus redes sociales Facebook e Instagram infringiendo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)”indica el comunicado de prensa que precisa que la decisión fue adoptada el miércoles.
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Más de 5 mil millones de euros de ganancias para Meta
La decisión dictada el miércoles menciona también más de 60 millones de euros en intereses legales que se suman a esta suma que deberán recibir los medios locales, así como una compensación de la agencia Europa Press, no miembro de la AMI. AMI presentó en diciembre de 2023 una denuncia contra Meta Ireland, sede europea del grupo, exigiendo 551 millones de euros por competencia desleal en la venta de publicidad digital, estimando que el gigante había utilizado los datos de los internautas sin su consentimiento para crear perfiles publicitarios individualizados.
“Meta Irlanda, sede de Meta España, no facilitó al juzgado cuentas de sus actividades en España”explica el comunicado de prensa del tribunal. El juez se basó así en los datos facilitados por la prensa digital española, y concluyó que durante los cinco años que duró la infracción (desde el 25/05/2018 – fecha de entrada en vigor del RGPD – hasta el 01/08/2023 – fecha en la que Meta vuelve a solicitar al usuario que dé o no su consentimiento), Meta había ganado en España con su actividad publicitaria online más de 5.281 millones de euros.
Una denuncia similar en marcha en Francia
El juez dictaminó que parte de este dinero debería “ser redistribuido a otros competidores en el mercado publicitario español, incluida la prensa digital española” porque se había ganado “violando el RGPD”. Por lo tanto, realizó un cálculo para evaluar “El daño causado a la prensa digital española con razonable verosimilitud”a saber, el lucro cesante debido a las acciones de Meta y la “pérdida de ingresos por publicidad digital”.
“El juez presume que la cantidad ganada fue mayor, porque si hubiera sido menor, Meta habría presentado en el proceso las cuentas de sus actividades en España”continúa el comunicado de prensa. El tribunal también precisa que en Francia se está tramitando una denuncia similar y que esta sentencia subraya “el papel fundamental de la legislación sobre competencia en el control de los abusos vinculados al procesamiento ilícito de datos personales y el inmenso poder informativo y económico de los gigantes tecnológicos”.
