Empresa multada por obligar a un camionero a conducir 600 kilómetros tras un infarto
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en España, condenó a una empresa de transporte a pagar una indemnización de 30 mil euros al camionero que lo obligó a conducir más de 600 kilómetros tras sufrir un infarto. El tribunal también ordenó la reincorporación del hombre, que posteriormente había sido despedido, en la empresa.
Según los diarios ABC e Información, el caso se remonta al 12 de diciembre de 2021, cuando el conductor realizaba entregas entre Alemania y Suecia. Ese día, quejándose de dolores en el pecho, ingresó en el hospital alemán Marien de Euskirchen para recibir tratamiento por un infarto de miocardio. Dos días después fue dado de alta y deberá permanecer bajo evaluación, acudiendo a un centro médico si sus síntomas empeoraban.
Por ello, el hombre informó a su empleador, manifestando que lo estaban sometiendo a exámenes, que sentía dolor en el pecho y que debía regresar a su casa antes del 31 de diciembre, porque se estaba quedando sin medicamentos y temía por su salud. La empresa respondió, sin embargo, que sin una baja médica oficial no podrían financiar su regreso a España.
El hombre tuvo que desplazarse hasta Estrasburgo (Francia), vía Países Bajos, para que otro camionero de la misma empresa pudiera recogerlo y llevarlo de regreso a España. En total, fue un viaje de 674 kilómetros para «tomar un aventón».
Luego, de camino a casa, todavía tuvo que hacer un total de siete paradas en Barcelona, en compañía de su colega de profesión, para descargar el sanitario.
Cuando finalmente logró llegar a España, el hombre fue despedido y obligado a devolver personalmente su teléfono móvil y sus tarjetas de empresa, a pesar de su frágil estado de salud.
La condena del tribunal se produjo tras desestimar el recurso interpuesto por la empresa, pero también otro presentado por el trabajador, que exigía una mayor indemnización.
La sentencia respalda al camionero, que considera que no se respetaron sus derechos fundamentales, concretamente su derecho a la integridad física.
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