Tribunal considera que accidente cerebrovascular tras discusión con jefe es accidente laboral
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en España, dictaminó que el hecho de sufrir un Accidente Vascular Cerebral (ACV) tras una discusión con el jefe en el lugar de trabajo constituye un accidente de trabajo.
En sentencia de marzo, a la que tuvo acceso la agencia Efe, el Juzgado de lo Social desestimó el recurso de una asociación laboral contra una sentencia de enero de 2023.
Los hechos se remontan a octubre de 2021, cuando, tras una discusión con su jefe, la empleada de una peluquería abandonó su lugar de trabajo para dirigirse al centro de salud y luego a urgencias de un hospital, donde, tras varias pruebas, fue internado. diagnosticado con un derrame cerebral hemorrágico.
La asociación rechazó considerarlo como accidente de trabajo, pero el juzgado de lo social, primero, y el TSJ, ahora, lo consideraron como tal, de conformidad con lo establecido en la Ley General de la Seguridad Social.
Se considera accidente de trabajo «cualquier lesión corporal que sufre el trabajador con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza como empleado», por tanto, si la patología que sufre el trabajador está ligada a la «ocasión» o «consecuencia» del trabajo, No existen dudas respecto a la declaración de accidente de trabajo.
Y, en este caso, el episodio se produjo «en el tiempo y en el lugar de trabajo».
La ley exime a la víctima de tener que probar la existencia de un vínculo de causalidad entre el trabajo realizado y el daño, y le corresponde probar lo contrario.