Empresa niega compartir vacaciones para llevar a hijo al médico (y es condenada)

Empresa niega compartir vacaciones para llevar a hijo al médico (y es condenada)

O El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ratifica la sentencia impuesta a una empresa gallega que negaba a una trabajadora la posibilidad de dividir sus vacaciones en tres periodos para acudir a una cita médica de su hijo.

El juzgado considera que se ha vulnerado injustificadamente el derecho fundamental de la mujer a la conciliación de la vida personal y profesional y ordena a la empresa que la indemnice por el daño moral causado.

Los hechos, según la sentencia, citada por Público Español, se remontan al año 2022, cuando la mujer envió un correo electrónico a su supervisor pidiéndole que dividiera en tres partes las vacaciones de ese año. La supervisora ​​respondió alegando que tenía que cumplir con lo establecido en el convenio colectivo, que establece que las vacaciones se pueden dividir en dos quincenas. Si bien la mujer reiteró su pedido, aludiendo a “problemas personales”, éste fue nuevamente denegado.

La sentencia señala que el motivo de esta solicitud es la enfermedad del hijo de la mujer, que la obligaba a visitar frecuentemente al médico, quien fue operado en septiembre de ese año.

Además, tal y como recoge la sentencia, el acuerdo de la empresa «no impide» el fraccionamiento de los periodos vacacionales. Establece que se puede llegar a un acuerdo entre la empresa y los trabajadores para dividirlos.

El juzgado señala que la empresa no justificó su decisión con «necesidades productivas u organizativas» y señala que esa opción de división ya se la había concedido a otro trabajador.

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